El proceso de incorporación de activos digitales en el sistema financiero tradicional está llegando a un momento de “estandarización”. La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) publicó el miércoles las últimas directrices, aclarando cómo los corredores y dealers (Broker-Dealers) deben cumplir con las reglas de protección al cliente al custodiar “valores de activos criptográficos”: aunque los activos se almacenan en la cadena, los corredores aún deben demostrar que tienen “posesión física o control” de los activos, y la posesión de las “llaves privadas” es el criterio central que exige esta regulación.
Estas directrices buscan resolver la contradicción entre los activos digitales y las regulaciones existentes de “Reglas de Protección al Cliente”. Las regulaciones tradicionales exigen que los corredores tengan control real sobre los activos de los clientes, pero para los tokens dispersos en la cadena de bloques, la definición de “posesión” ha sido siempre un área legal difusa.
Según la División de Transacciones y Mercados de la SEC, las directrices publicadas este miércoles son una “medida transitoria”, principalmente para responder a las dudas prácticas de los participantes del mercado. La SEC continuará recopilando retroalimentación en el futuro, como referencia importante para futuras políticas regulatorias formales.
De acuerdo con la última interpretación de la SEC, si un corredor y dealer tiene “acceso exclusivo” a las llaves privadas de los tokens, puede acceder directamente a los activos criptográficos y transferirlos, y posee la capacidad de transferir los activos, se considerará que tiene “posesión física o control” sobre los valores de activos criptográficos.
Al mismo tiempo, la SEC también exige que los corredores y dealers establezcan, mantengan y apliquen estrictamente políticas que cumplan con las mejores prácticas de la industria para prevenir el robo, pérdida o uso no autorizado de las llaves privadas, y garantizar que, además de la autorización del propio corredor y dealer, ninguna otra persona (incluidos clientes o terceros) pueda acceder a las llaves privadas y transferir los activos.
Además, la SEC enfatiza que si un corredor y dealer sabe que la tecnología de libro mayor distribuido (DLT) subyacente presenta vulnerabilidades de seguridad graves, fallas operativas, o que la custodia de esos activos podría representar un riesgo sustancial para su negocio, no podrá considerarse que tiene posesión de dichos activos.
Las directrices también exigen que los corredores y custodios planifiquen previamente planes de contingencia para responder a posibles emergencias, incluyendo fallas en la cadena de bloques, ataques en la red y bifurcaciones duras.
Asimismo, los corredores deben contar con la capacidad, bajo requisitos legales o regulatorios, para congelar, destruir o confiscar activos, asegurando su cumplimiento con órdenes judiciales y regulatorias.
Además, la SEC requiere que los corredores y dealers mantengan un seguimiento continuo de la gobernanza de la cadena de bloques y las actualizaciones de los protocolos. Siempre que los cambios relevantes puedan afectar la seguridad de los activos de los clientes, los corredores deben evaluar previamente los riesgos y planificar “acciones apropiadas” para reducir la exposición.
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Aviso legal: Este artículo solo tiene fines informativos de mercado. Todo el contenido y las opiniones son solo para referencia, no constituyen asesoramiento de inversión, y no representan la opinión u posición de Blockchain. Los inversores deben tomar decisiones y realizar transacciones por sí mismos. El autor y Blockchain no serán responsables de ninguna pérdida directa o indirecta derivada de las transacciones de los inversores.
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Tags: SEC, corredor, criptomonedas, activos criptográficos, valores, llaves privadas, broker-dealer, Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU., custodia
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La SEC de EE. UU. publica directrices: los corredores que custodien activos Cripto en nombre de clientes deben controlar las claves privadas
El proceso de incorporación de activos digitales en el sistema financiero tradicional está llegando a un momento de “estandarización”. La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) publicó el miércoles las últimas directrices, aclarando cómo los corredores y dealers (Broker-Dealers) deben cumplir con las reglas de protección al cliente al custodiar “valores de activos criptográficos”: aunque los activos se almacenan en la cadena, los corredores aún deben demostrar que tienen “posesión física o control” de los activos, y la posesión de las “llaves privadas” es el criterio central que exige esta regulación.
Estas directrices buscan resolver la contradicción entre los activos digitales y las regulaciones existentes de “Reglas de Protección al Cliente”. Las regulaciones tradicionales exigen que los corredores tengan control real sobre los activos de los clientes, pero para los tokens dispersos en la cadena de bloques, la definición de “posesión” ha sido siempre un área legal difusa.
Según la División de Transacciones y Mercados de la SEC, las directrices publicadas este miércoles son una “medida transitoria”, principalmente para responder a las dudas prácticas de los participantes del mercado. La SEC continuará recopilando retroalimentación en el futuro, como referencia importante para futuras políticas regulatorias formales.
De acuerdo con la última interpretación de la SEC, si un corredor y dealer tiene “acceso exclusivo” a las llaves privadas de los tokens, puede acceder directamente a los activos criptográficos y transferirlos, y posee la capacidad de transferir los activos, se considerará que tiene “posesión física o control” sobre los valores de activos criptográficos.
Al mismo tiempo, la SEC también exige que los corredores y dealers establezcan, mantengan y apliquen estrictamente políticas que cumplan con las mejores prácticas de la industria para prevenir el robo, pérdida o uso no autorizado de las llaves privadas, y garantizar que, además de la autorización del propio corredor y dealer, ninguna otra persona (incluidos clientes o terceros) pueda acceder a las llaves privadas y transferir los activos.
Además, la SEC enfatiza que si un corredor y dealer sabe que la tecnología de libro mayor distribuido (DLT) subyacente presenta vulnerabilidades de seguridad graves, fallas operativas, o que la custodia de esos activos podría representar un riesgo sustancial para su negocio, no podrá considerarse que tiene posesión de dichos activos.
Las directrices también exigen que los corredores y custodios planifiquen previamente planes de contingencia para responder a posibles emergencias, incluyendo fallas en la cadena de bloques, ataques en la red y bifurcaciones duras.
Asimismo, los corredores deben contar con la capacidad, bajo requisitos legales o regulatorios, para congelar, destruir o confiscar activos, asegurando su cumplimiento con órdenes judiciales y regulatorias.
Además, la SEC requiere que los corredores y dealers mantengan un seguimiento continuo de la gobernanza de la cadena de bloques y las actualizaciones de los protocolos. Siempre que los cambios relevantes puedan afectar la seguridad de los activos de los clientes, los corredores deben evaluar previamente los riesgos y planificar “acciones apropiadas” para reducir la exposición.
_ Aviso legal: Este artículo solo tiene fines informativos de mercado. Todo el contenido y las opiniones son solo para referencia, no constituyen asesoramiento de inversión, y no representan la opinión u posición de Blockchain. Los inversores deben tomar decisiones y realizar transacciones por sí mismos. El autor y Blockchain no serán responsables de ninguna pérdida directa o indirecta derivada de las transacciones de los inversores. _
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